EL CITOP EXTREMADURA FIRMA UN PROTOCOLO DE COLABORACIÓN CON LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas de Extremadura, ha firmado con la Diputación Provincial de Cáceres, un protocolo general de actuación para colaborar en la asistencia técnica a entidades locales, en la gestión documental necesaria (desde la elaboración del proyecto y la tramitación del proceso hasta finalizar la ejecución del contrato), para la obtención de concesiones y/o autorizaciones administrativas sobre aprovechamientos de aguas, relativa a la ejecución o legalización de las siguientes actuaciones:

Regularización de concesión/autorización de captación superficial ya existente: lo que implica la redacción o gestión de la documentación técnica necesaria para la regularización/legalización de concesión de aprovechamiento de agua para abastecimiento u otros usos, siendo éstas ya existentes , sin requerir ejecutar nuevas obras en dominio público hidráulico o modificar las existentes.

Se incluyen dentro de esta consideración todos los trabajos técnicos necesarios para dicha regularización (redacción de memorias, visitas técnicas, mediciones, valoraciones, etc., hasta finalización del expediente).

Nueva concesión de captación superficial: implicando ésta la redacción, modificación o en su caso, verificación de la documentación técnica necesaria para el otorgamiento de nueva concesión de aprovechamiento de agua para abastecimiento u otros usos, mediante nueva captación o derivación.

Entre las actuaciones técnicas requeridas para la nueva concesión se incluye la redacción de proyectos, estudios, cálculos o memorias valoradas y pueden requerirse aplicación de técnicas especiales y/o ensayos sobre el terreno y/o determinaciones complejas o especiales, estudios ambientales o de otro tipo, cálculos, mediciones y todos aquellos aspectos que ayuden a definir la captación objeto de concesión.

Nueva concesión de captación superficial a entidad con captación en vigor, (Concesión de captación adicional): redacción y/o modificación de documentación técnica necesaria para ampliar o mejorar alguna característica de concesión ya existente o para nueva concesión que mejore o incremente el volumen de agua disponible para abastecimiento, para aquellos núcleos con concesiones regularizadas en vigor.

Se incluyen dentro de esta consideración todos los trabajos técnicos necesarios para dicha regularización (redacción de memorias, visitas técnicas, mediciones, valoraciones, etc., hasta finalización del expediente).

Concesión de aprovechamiento subterráneo (pozo de sondeo) para usos distintos al abastecimiento: redacción o gestión de la documentación técnica necesaria para la concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas con usos distintos al abastecimiento.

Se incluyen dentro de esta consideración todos los trabajos técnicos necesarios para dicha concesión (redacción de memorias, visitas técnicas, mediciones, valoraciones, etc., hasta finalización del expediente).

Concesión del aprovechamiento subterráneo (pozo de sondeo) para el abastecimiento de agua potable: redacción, modificación y/o en su caso, verificación de la documentación técnica necesaria para la concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas con usos destinados al abastecimiento de agua potable.

Se incluyen en esta consideración la redacción de memorias, cálculos necesarios, valoraciones, trabajos especiales y todos aquellos requeridos para completar el expediente técnico del procedimiento.

Modificación de concesión existente: redacción, modificación o gestión de la documentación técnica requerida para modificar las condiciones establecidas en un aprovechamiento o concesión ya existente.

Se incluyen en esta consideración la redacción de memorias, cálculos necesarios, valoraciones, trabajos especiales y todos aquellos requeridos para completar el expediente técnico del procedimiento.

A tal efecto, la zona de Extremadura del CITOP, designará a los profesionales colegiados en ejercicio con capacidad de obrar y habilitación profesional suficiente, previa selección que permita la distribución de las asistencias de modo equitativo entre todos los colegiados inscritos en la lista confeccionada al objeto.

El turno de asistencia técnica a las Entidades Locales, se formará por los/as colegiados/as inscritos/as de forma voluntaria y que acrediten tener la formación y capacidad suficiente en materia de gestión documental para concesiones/autorizaciones de aprovechamiento de agua.

De igual forma, para todos aquellos colegiados/as que, aún no teniendo la experiencia necesaria, deseen a futuro, estar en la lista que se habilitará al efecto, el CITOP Extremadura impartirá cursos de formación en las materias requeridas para la elaboración de la documentación técnica necesaria para cumplir con el objeto del protocolo firmado.

El abono de los honorarios correspondientes por los servicios prestados, se realizará por parte de la diputación de Cáceres, y no podrá realizarse sin que el funcionario/a del área de Medio Ambiente y Transición Ecológica designado como responsable de contrato emita la certificación final que acredite que los trabajos se han ejecutado con sujeción a las instrucciones técnicas, requerimientos o normas que dicte la Administración hidráulica o la diputación de Cáceres, y/o que en caso de haberse requerido subsanación de la documentación técnica, ésta se ha realizado.

A tal efecto, se considerará que el colegiado es el responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la tramitación del expediente.

Si una vez entregados, certificados y abonados los trabajos, la administración hidráulica requiriese subsanación o indicase que los trabajos adolecen de algún vicio o defecto, la Diputación de Cáceres podrá requerir al redactor la corrección o subsanación de los defectos. En caso de no atenderse el requerimiento por el redactor, la Diputación de Cáceres queda facultada para reclamar daños y perjuicios por vía contencioso administrativa.

Solicitud de inscripción:

https://forms.gle/9fmoU3NV5MXyE3JH9